1. Contexto y obligatoriedad
El 6 de marzo de 2025, la Superintendencia de Transporte expidió la Resolución 2328, que convierte en obligatorio el Sistema de Administración de Riesgos de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas (SARLAFT) para amplios actores del sector transporte en Colombia
Empresas como aquellas dedicadas al transporte de carga y pasajeros (vía carretera, férreo, fluvial, aéreo o marítimo), operadores multimodales y portuarios, concesionarios de infraestructura, centros de enseñanza o diagnóstico automotor, entre otros, deberán implementarlo.
2. Plazo de implementación
Las empresas ya habilitadas a la fecha de publicación cuentan con ocho meses desde la notificación o publicación (alrededor del 7 de noviembre de 2025) para poner en marcha el sistema
3. Elementos clave del SARLAFT
- Se sustituye el antiguo SIPLAFT por un enfoque más moderno y robusto.
- El sistema debe incluir una política clara de administración de riesgos (LA/FT/FP), un manual de procedimientos, un código de ética, y estar acompañado de herramientas tecnológicas adecuada.
- La gestión del riesgo debe seguir las etapas de identificación, medición, control y monitoreo, con matrices de riesgo, criterios de probabilidad e impacto, y controles preventivos, detectivos y correctivos.
- Junta Directiva / Máximo órgano social: aprobar política, manuales, código de ética; asignar recursos; designar auditorías
- Representante legal: presentar documentos al órgano, apoyar al oficial de cumplimiento, garantizar el nombramiento dentro de plazos, y certificar ante la Superintendencia.
- Oficial de cumplimiento: realizar evaluación de riesgos, diseñar el sistema, conducir auditorías anuales, actualizar el SARLAFT cada dos años, ejecutar capacitaciones, reportar operaciones sospechosas y garantizar manejo documentar.
- Revisoría fiscal y auditoría interna: ejercer vigilancia, informar sobre deficiencias, reportar operaciones sospechosas ante la UIAF.
5. Capacitación, cultura y tecnología
Se requiere un plan anual de capacitación, especialmente para roles críticos (oficial de cumplimiento, áreas operativas, logísticas, etc.), con enfoque en debida diligencia (CDD/EDD) y cultura de cumplimiento.
También es indispensable contar con herramientas tecnológicas que faciliten el monitoreo, control y reporte, incluyendo la presentación de reportes como la “Ausencia de ROS” (AROS) cuando no hay operaciones sospechosas.
6. Riesgos de incumplimiento
El incumplimiento puede generar sanciones administrativas, procesos sancionatorios conforme a la Ley 336 de 1996 y el CPACA, multas, suspensión de operaciones o inhabilitación, además de riesgos reputacionales y legales.
La Resolución 2328 de 2025 representa una transformación normativa para el sector transporte: moderniza el sistema de prevención (SARLAFT), amplía los sujetos obligados, define responsabilidades claras y exige herramientas tecnológicas y culturales robustas. Más allá de ser una obligación legal, es una oportunidad estratégica para fortalecer la transparencia, la confianza y la sostenibilidad operativa de las empresas.
¿Listos para cumplir con la Resolución 2328 de 2025 y convertir el cumplimiento en ventaja competitiva?
En OLEA LEGAL somos especialistas en el sector logístico y de transporte. Acompañamos la implementación integral del SARLAFT: diagnóstico, matriz de riesgos, manuales, capacitación y herramientas tecnológicas.
Contáctanos y pongamos en marcha su sistema hoy mismo.
Botón: Solicitar diagnóstico SARLAFT